El Fondo de garantía de depósitos y resolución (Fonds de Garantie des Dépôts et de Résolution, FGDR), creado por la ley de 25 de junio de 1999, se encarga de indemnizarle si su banco o su empresa de inversión se declara en quiebra y no puede disponer de sus activos:
› la garantía de depósitos cubre los depósitos, es decir, las cantidades que se dejan en cuenta o en las libretas;
› la garantía de títulos cubre los títulos y otros instrumentos financieros.

Con un cometido de servicio público, el FGDR protege a los clientes en caso de situación financiera grave en su entidad. El fondo contribuye a mantener la confianza y la estabilidad del sistema bancario al proteger los activos de los clientes.

Todos los bancos y las empresas de inversión registrados en Francia cotizan obligatoriamente al FGDR.

 

A finales de 2021, 472 establecimientos son miembros del FGDR y cotizan para al menos una de las garantías. El FGDR cubre también a los clientes de sus sucursales abiertas en un país del Espacio Económico Europeo (1).

El FGDR coopera con sus homólogos europeos para cubrir a los clientes de las sucursales francesas de las entidades cuya sede se encuentra en un país del EEE.

El FGDR puede intervenir en la resolución de una crisis bancaria antes de la quiebra, evitando así la interrupción de los servicios y la necesidad de indemnización.

(1) Espacio Económico Europeo (EEE): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Reino Unido y Suecia.

 

¿Tiene alguna pregunta acerca de sus garantías? Póngase en contacto con su banco, su empresa de inversión o el FGDR.

FGDR: 65, rue de la Victoire 75009 Paris - France

Tél.: +33 (0)1 58 18 38 08
Fax: +33 (0)1 58 18 38 00

contact@garantiedesdepots.fr
www.garantiedesdepots.fr

 

 

1/ EL CAMPO DE LA GARANTÍA DE DEPÓSITOS

 

LOS PRODUCTOS QUE CUBRE LA GARANTÍA DE DEPÓSITOS

Todas las cantidades depositadas en las cuentas, libretas y planes de ahorro, en euros o en la divisa de un estado:

> cuenta corriente, depósito a la vista o a plazo fijo acreedores;
> cuenta y plan de ahorro en libreta, tales como cuentas de ahorro para la vivienda (Compte d'Epargne Logement, CEL), planes de ahorro para la vivienda (Plan d'Epargne Logement, PEL), planes de ahorro popular (Plan d'Epargne Populaire, PEP), cuentas bancarias, etc.;
> libreta joven
> cuenta en efectivo de un plan de ahorro en acciones (PEA, Plan d'Épargne en Acciones),
> cuenta en efectivo vinculada a un plan de pensiones (PER, Plan d'Epargne Retraite), a un plan de ahorro salarial, u otra equivalente abierta en una entidad bancaria afiliada al FGDR;
> cheque de banco emitido y no cobrado,
> saldo neto global de las operaciones de factoring.

GARANTÍA DE DEPÓSITOS DEL FGDR

 

Hasta 100.000 € por cliente y por entidad.

Todas las cantidades depositadas en las libretas de ahorro de régimen especial garantizadas por el Estado están cubiertas:

llibreta A (y libreta Livret Bleu);
libreta de desarrollo sostenible y solidario (Livret de Développement Durable et Solidaire, LDDS);
> y libreta de ahorro popular (Livret d’Epargne Populaire, LEP).

GARANTÍA DEL ESTADO, OPERADA POR EL FGDR

 

Hasta 100.000 € por cliente y por entidad.

El FGDR lleva a cabo esta indemnización por cuenta del Estado. 

LOS PRODUCTOS QUE NO CUBRE LA GARANTÍA DE DEPÓSITOS

Los productos que no cubre el FGDR son especialmente los siguientes:

> contrato de seguro de vida, contrato de capitalización suscritos con una compañía de seguros;
> planes de pensiones (Plan d'Epargne Retraite (PER)), planes de pensiones populares (Plan d'Epargne Retraite populaire (PERP)) o planes de ahorro populares (Plan d'Epargne Populaire (PEP)) suscritos con una compañía de seguros;
> plan de pensiones colectivo, tales como planes de pensiones colectivos (Plan d'Epargne Retraite Collectif, PERCO), planes de pensiones colectivos interempresa (Plan d'Epargne Retraite Collectif - Interentreprises, PERCO-I) o los planes de pensiones de empresa (Plan d'Epargne Retraite Entreprise, PERE);
> plan de pensiones de empresa (Plan d'Epargne Entreprises, PEE) y interempresa (Plan d'Epargne Interentreprises, PEI);
> billetes, monedas y objetos confiados a la custodia de su banco;
> depósito anónimo o instrumento no nominativo con titular no identificable;
> numerario en soporte electrónico y tarjeta de pago emitida por una entidad de pago o una entidad de moneda electrónica (como Monéo o como cuenta Nickel);
> depósitos con carácter de fondos propios (partes sociales).
> vales de caja.
> criptomonedas.

Ver el artículo 312-41 del código monetario y financiero francés.

 

GARANTÍA MEDIANTE OTRO SISTEMA O SIN GARANTÍA.

 

 

Infórmese en su entidad.

 

 

2/ LA INDEMNIZACIÓN EN LA GARANTÍA DE DEPÓSITOS

La garantía de depósitos del FGDR cubre a todos los depositantes: particulares, menores o mayores de edad, bajo tutela o representados por una tercera persona, empresas de tipo Sociedad anónima, (Société Anonyme, SA), Sociedad de Responsabilidad Limitada (Société à Responsabilité Limitée, SARL), Empresa Unipersonal de Responsabilidad Limitada (Entreprise Unipersonelle à Responsabilité Limitée, EURL), etc., empresarios individuales, asociaciones u otros grupos profesionales, etc., hasta un máximo de 100.000 € por depositante y por entidad. La indemnización se realiza en un plazo de 7 días hábiles, excepto casos particulares.

Si tiene varias cuentas en un mismo banco:

> Se suman e indemnizan todos los depósitos hasta un límite de 100.000 €.

> También se suman e indemnizan todas las cantidades depositadas en las libretas garantizadas por el Estado (livret A, LDDS, LEP), hasta un límite de 100.000 €.

> Se computan solo los saldos acreedores para el cálculo de la indemnización salvo compensación legal o convencional.

Si tiene varias cuentas en varios bancos:​​​​​

La garantía del FGDR se aplica por separado a cada uno de los bancos.

Si tiene una cuenta conjunta:
Se reparte a partes iguales entre cada cotitular, salvo estipulación distinta en el contrato. Cada uno acumula su parte con sus otras cuentas de ahorro y sus libretas.

Si ha separado su patrimonio personal y profesional (para las Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada -Entreprise Unipersonelle à Responsabilité Limitée, EURL -y las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada - Entreprise Individuelle à Responsabilité Limitée, EIRL):

Se le indemnizada por separado por sus cuentas personales y por las profesionales.

Si es miembro de un condominio:

El condominio goza de una indemnización, separada de la de sus miembros.

Si tiene «depósitos excepcionales temporales», es decir, cantidades que se han cobrado en un plazo inferior a 3 meses antes del fallo financiero y proceden:

1. de la venta de un bien de vivienda que le pertenece;

2. de la reparación en capital de un daño sufrido por usted;

3. del pago en capital de una prerrogativa de jubilación, una sucesión, un legado o una donación;

4. de una prestación compensatoria o de una indemnización transaccional o contractual tras la ruptura de un contrato laboral.

El límite de indemnización de 100.000 € se aumenta hasta 500.000 € adicionales por cada uno de los casos mencionados anteriormente, salvo en el de los daños corporales, que quedan cubiertos sin límite de importe.

Deberá enviar su reclamación al FGDR por escrito junto con los justificantes antes de dos meses a partir de la recepción de su último correo de indemnización.

 

 

3/ LA GARANTÍA DE TÍTULOS DEL FGDR

La garantía de los títulos del FGDR cubre a los inversores: particulares menores o mayores de edad, empresas, emprendedores, asociaciones u otras agrupaciones profesionales, etc. para todos sus títulos e instrumentos financieros, sea cual sea la divisa en que se hayan definido los títulos:
> acciones, obligaciones, etc. Detentados directamente o en el marco de un PEA;
> partes o acciones de organismos de inversión colectiva (Sociedad de Inversión en Capital Variable (Société d’Investissement en Capital Variable, SICAV), Fondo Común de Inversión (Fonds Commun de Placement, FCP), Fondos de ahorro, etc.)
> certificados de depósito, instrumentos de deuda transferibles (Titres de Créances Négociables, TCN).

La garantía se aplica a hasta 70.000 € por cliente y por entidad. La indemnización se realiza en un plazo de 3 meses, excepto casos particulares.

Tenga en cuenta que la garantía de los títulos solo se activa cuando se cumplen dos condiciones:

1.​ sus títulos han desaparecido de sus cuentas;
2. la entidad donde se encuentra su cuenta está en suspensión de pagos y no puede restituir estos títulos ni reembolsarlos.

El dinero efectivo asociado a los depósitos también se indemnizan:

> hasta 70.000 € si su cuenta de efectivo la administra una empresa de inversión y está definida en euros o en otra divisa del EEE;
> incluidos en las cantidades cubiertas por la garantía de los depósitos a hasta 100.000 € si sus depósitos son administrados por un banco.

 

4/ PROCEDIMIENTO DE INDEMNIZACIÓN (DEPÓSITOS Y TÍTULOS)

 

1.Etapa

Realización de la solicitud a la Autoridad de control prudencial y de resolución (ACPR)

Le FGDR interviene cuando un banco o una empresa de inversión ya no pueden restituir los depósitos recibidos o devolver los títulos que custodia. En la fecha de la ausencia de disponibilidad, la entidad se declara en quiebra y los clientes pierden el acceso a sus cuentas. Se lleva a cabo la indemnización automáticamente por parte del FGDR.

Los clientes no deben seguir ningún procedimiento, salvo el de abrir una cuenta en una entidad nueva, si no dispusieran ya de una.

2.Etapa

 

Preparación de la indemnización

La entidad procede al cierre de las cuentas de los clientes en la fecha de la ausencia de disponibilidad y les envía un último extracto. Transmite estos datos al FGDR que, basándose en ellos, determina el importe de la indemnización.

Durante este tiempo, el FGDR informa al público sobre el desarrollo de los trámites en su sitio web y responde a sus preguntas a través de su centro de llamadas.

3.Etapa

 

Puesta a disposición y pago de la indemnización

· El FGDR abre un «Espacio protegido de indemnización» en su página web para poner la indemnización a disposición de cada cliente:  ​​​​​​​
  bien por transferencia, una vez que el cliente haya introducido sus nuevos datos bancarios; ​​​​​​​
 o bien por carta-cheque con acuse de recibo.

· En ambos casos, el FGDR emite un correo de indemnización que incluye:  ​​​​​​​
  las referencias de las cuentas del cliente; ​​​​​​​
  la lista de las cuentas cubiertas y de las cuentas excluidas;
  el cálculo de su indemnización; ​​​​​​​
  las cantidades no indemnizadas;
  y una nota explicativa «Indemnisation par le FGDR» (Indemnización por parte del FGDR).

Solo los casos que requieran información adicional o un tratamiento particular se podrán demorar.

Tras la recepción de su indemnización inicial, el cliente tiene dos meses para realizar su petición de indemnización complementaria al FGDR en concepto de «dépôts exceptionnels temporaires» (depósitos excepcionales temporales) o para contesar su indemnización, con los justificantes necesarios.

· El FGDR abonará la indemnización en un plazo máximo de :
› 7 días hábiles para la garantía de depósitos;

› 3 meses para la garantía de títulos.

4.Etapa

 

Casos particulares

El FGDR continúa tramitando los casos particulares, las indemnizaciones adicionales y las posibles reclamaciones hasta su resolución.

 

5/ LA GARANTÍA DE LOS SEGUROS DE CAUCIÓN OBLIGATORIOS

La garantía de caución del FGDR cubre los compromisos de caución reglamentados emitidos obligatoriamente por una entidad bancaria o financiera a favor de determinadas profesiones reglamentadas (agente inmobiliario, agente de viajes, promotor, etc.) para garantizar el buen término de los proyectos que le confiaron sus clientes.

En caso de quiebra de esta entidad bancaria o financiera, el FGDR asume la responsabilidad y cumple con la garantía de caución hasta la conclusión efectiva del proyecto.

Si el profesional incumpliera la obligación adquirida con su cliente, el FGDR interviene con una indemnización. Esta se limita al 90 % de los daños sufridos por el cliente, con una franquicia de 3.000 €.

Mayo de 2022.

 

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